lunes, 17 de noviembre de 2008

Uruguay: Tabaré Vázquez vetó la legalización del aborto

La ministra Muñoz acompañó la observación que será recibida por el Parlamento

El presidente Tabaré Vázquez, junto a la ministra de Salud, María Julia Muñoz, firmó ayer el veto a los artículos de la ley de Salud Sexual y Reproductiva que despenalizan el aborto. La Asamblea General no tiene votos suficientes para levantarlo.
Vázquez, interpuso ayer el veto a los artículos de la ley de Salud Sexual y Reproductiva referidos al aborto, según informó a El País el ministro de Turismo, Héctor Lescano. Los artículos que despenalizan y regulan la interrupción del embarazo están contenidos en los capítulos II, III y IV.
"El tramite del veto está en proceso. No se si llega esta noche (por ayer) o en la mañana (por hoy) al Parlamento pero sé que, más allá del plazo constitucional, el presidente optó por responder cuanto antes, lo cual es una forma de llevar claridad a la población", indicó Lescano.
Sanción de la ley
El martes 13, el Senado dio sanción definitiva al proyecto de ley de Salud Sexual y Reproductiva, con 17 votos del FA a favor y 13 votos en contra de blancos y colorados. La Cámara de Diputados le había dado media sanción a este proyecto en la madrugada del miércoles 5, con 49 votos a favor y 48 en contra.
Artículos eliminados de la ley
Los artículos vetados consagran el derecho de toda mujer a decidir la interrupción de su embarazo durante las primeras 12 semanas de gravidez, alegando ante el médico circunstancias derivadas de las condiciones en que ha sobrevenido la concepción, penuria económica, sociales, familiares o etáreas. Además, establecen la posibilidad de abortar cuando la gravidez implica un grave riesgo para la salud de la mujer o en los casos de malformaciones congénitas incompatibles con la vida extrauterina. En los casos de adolescentes o niñas, la ley obliga al médico a recabar su consentimiento así como el de al menos uno de sus representantes legales o el de un juez. La ley también establece que los abortos serán considerados actos médicos sin valor comercial y que todos los servicios de asistencia médica deben llevar a cabo este procedimiento. A los médicos o miembros del equipo quirúrgico con objeciones de conciencia se les brinda la posibilidad de informarlo a sus instituciones en un plazo de 30 días. Estos artículos modifican a la vez la actual legislación que considera al aborto un delito y cambian las penas.


El artículo completo, escrito por Agustina Navarro, se puede leer en: http://www.elpais.com.uy/081114/pnacio-381576/nacional/vazquez-veto-la-legalizacion-del-aborto

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