sábado, 18 de octubre de 2008

Denuncia contra el presidente de Nicaragua

DENUNCIA NACIONAL E INTERNACIONAL
Nicaragua, 11 de Octubre del 2008.

A: Comité Internacional de Derechos Humanos, Organización Mundial Contra la Tortura, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Amnistía Internacional, Parlamento Europeo, Comisión de Derechos Humanos de la Unión Europea , Human Rights Watch, Plataforma Interamericana de derechos Humanos, Desarrollo y Democracia, Secretariado Internacional de ONGs, Centro por la Justicia y el Derecho Internacional. (CEJIL)

Diversos movimientos sociales, redes y organizaciones legalmente constituidas de la sociedad nicaragüense, denunciamos ante la opinión pública nacional e internacional e instancias de derechos humanos del Sistema de Naciones Unidas, las acciones persecutorias desarrolladas por parte del gobierno de Nicaragua, bajo la conducción del Presidente de la República, Sr. Daniel Ortega Saavedra.

A partir del mes de julio del presente año, el gobierno de Nicaragua a través de sus medios de comunicación ha incitado de forma sistemática a grupos de base del FSLN a impedir de forma violenta, movilizaciones de protesta desarrolladas por diversas organizaciones de la sociedad nicaragüense, que reclaman entre otros aspectos, respeto a la libertad de organización y movilización de la ciudadanía para la defensa de sus derechos.

Estos hechos representan una clara violación a los Artículo 53 y 54 de la Constitución Política de la República, en los cuales se reconoce el derecho de reunión pacífica; el derecho de concentración, manifestación y movilización pública.
Después de varias semanas de hostigamiento público por parte de los medios de comunicación del gobierno, el día 10 de Octubre del 2008 el Juzgado Segundo de Distrito de lo Penal de Audiencia de la Circunscripción de Managua, a solicitud del Ministerio Público de la República, emitió un “auto de allanamiento y orden de secuestro de bienes” en contra de las siguientes redes, organizaciones y ONGs internacionales:

Red Nicaragüense de Comercio Comunitario (RENICC)
Coordinadora Civil
Grupo Venancia de Matagalpa
Red de Mujeres Municipalistas de Nicaragua (RMM)
Forum Syd (Organizaciones en Colaboración por la Justicia Social )
Centro de Investigación de la Comunicación (CINC0)
Movimiento Autónomo de Mujeres (MAM)
OXFAM Gran Bretaña (OXFAM GB)

Dicha orden judicial viola la Constitución Política , la que en sus artículos 49, 50, 52, 53 y 54 del CAPITULO II, de los DERECHOS POLÍTICOS, consigna lo siguientes derechos para la ciudadanía nicaragüense:
ARTICULO 49.- En Nicaragua tienen derecho de constituir organizaciones los trabajadores de la ciudad y del campo, las mujeres, los jóvenes, los productores agropecuarios, los artesanos, los profesionales, los técnicos, los intelectuales, los artistas, los religiosos, las Comunidades de la Costa Atlántica y los pobladores en general, sin discriminación alguna, con el fin de lograr la realización de sus aspiraciones según sus propios intereses y participar en la construcción de una nueva sociedad. Estas organizaciones se formarán de acuerdo a la voluntad participativa y electiva de los ciudadanos, tendrán una función social y podrán o no tener carácter partidario, según su naturaleza y fines.
ARTICULO 50.- Los ciudadanos tienen derecho de participar en igualdad de condiciones en los asuntos públicos y en la gestión estatal. Por medio de la ley se garantizará, nacional y localmente, la participación efectiva del pueblo.
ARTICULO 52.- Los ciudadanos tienen derecho de hacer peticiones, denunciar anomalías y hacer críticas constructivas, en forma individual o colectiva, a los Poderes del Estado o cualquier autoridad; de obtener una pronta resolución o respuesta y de que se les comunique lo resuelto en los plazos que la ley establezca.
Esta acción carente de toda legalidad, ya fue ejecutada de forma oficiosa por la Fiscalía de la República con el resguardo de la Policía Nacional , en contra del Centro de Investigación de la Comunicación (CINC0) y el Movimiento Autónomo de Mujeres (MAM) de forma simultanea el 10 de Octubre de los corrientes.
A pesar de que los afectados por la orden de allanamiento y secuestro no conocen la denuncia formal presentada en contra de sus respectivas organizaciones, la Fiscalía de la República asevera que la misma fue interpuesta por el Director de Registro de ONGs del Ministerio de Gobernación, a pesar que la ley no le faculta para ejercer una acción de denuncia pública. Ello representa otra violación a la Constitución, la que en los artículos 130 y 131, contenidos en el TITULO VIII, Capitulo I, DE LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO , dice textualmente:
ARTICULO 130.- La nación nicaragüense se constituye en un Estado Social de Derecho. Ningún cargo concede a quien lo ejerce, más funciones que las que le confieren la Constitución y las leyes. En el mismo sentido, el Articulo 131, inciso (3) señala: “Los funcionarios y empleados públicos son personalmente responsables por la violación de la Constitución, por falta de probidad administrativa y por cualquier otro delito o falta cometida en el desempeño de sus funciones. También son responsables ante el Estado de los perjuicios que causaren por abuso, negligencia y omisión en el ejercicio del cargo….”

Los movimientos, redes y organizaciones abajo firmantes, somos concientes del daño que a lo largo de nuestra historia nos han causado gobiernos dictatoriales, autoritarios y corruptos. Por ello hemos invertido nuestras energías en la construcción de una sociedad pacífica y respetuosa de los derechos individuales y colectivos de los y las ciudadanas, que con tanto esfuerzo hemos logrado consignar en el sistema de leyes.

Llamamos a las organizaciones regionales e internacionales de derechos humanos a que interpongan sus buenos oficios en apoyo a los esfuerzos que venimos realizando a nivel nacional, para lograr un diálogo constructivo con el actual gobierno de Nicaragua.

Firman el presente comunicado:



Mirna Blandon Gadea
Movimiento Feminista

Fátima Millón Duran
Red de Mujeres Contra la Violencia

Georgina Muñoz
Coordinadora Civil

Maria Teresa Blandon Gadea
Programa Feminista La Corriente

Eva Maria SanQuim
Asociación de Mujeres Profesionales por el desarrollo (AMPDI)

Luz Marina Torrez Velásquez
Colectivo de Mujeres 8 de Marzo

Sandra Arceda Torrez
Colectiva de Mujeres 8 de Marzo
Esquipula - Matagalpa

Klemen Altamirano
Colectiva de Mujeres de Masaya

Nora Meneses Mendoza
Colectivo de Mujeres Xochilt

Ada Esperanza Silva
Centro de Derechos Constitucionales

Martha Lorena Cabrera Lainez
Asociación Intergeneracional por la Paz y la
Vida San Rafael del Sur

Gladys Areas Urbina
Instituto Hablemos de Nosotras

Imara Matilde Mairena
Grupo Feminista de León

Eveling Flores
Fundación Puntos de Encuentro

Martha Villanueva
Grupo Lesbico Nicaragüenses Safo

Bismark Moraga Peña
Iniciativa desde la Diversidad Sexual por
los Derechos Humanos

Diana Martines
Fundación entre Mujeres Esteli

Sandra Carvajal
Instituto de Mujeres No Videntes

Celia Contreras
Casa de la Mujer de Bocana de Paiwas

Eva Molina Show
Colectivo de Mujeres de Matagalpa

Ruth Marina Matamoros
Grupo Venancia - Matagalpa

Maria Teresa Ochoa
Católicas por el Derecho a Decidir Nicaragua

Maria Teresa Crespín
Movimiento Contra el Abuso Sexual

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